CCOO de Industria de Madrid | 24 de abril de 2024

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CCOO logra la nulidad del despido de cuatro trabajadores que habían demandado a Armacentro para cobrar las horas extra

    Una sentencia del Juzgado de Lo Social de Madrid acaba de dar la razón a CCOO y considera nulos los despidos de cuatro trabajadores de la empresa Armalla y respalda los argumentos expuestos en su demanda por los servicios jurídicos de la Federación de Industria de Madrid de CCOO que consideraban que estos despidos se habían producido porque los trabajadores implicados habían reclamado anteriormente a la empresa el pago de las horas extras, y que por lo tanto estos despidos vulneraban el derecho a la indemnidad, es decir, a no ser represaliados por defender sus derechos, de estos trabajadores. La sentencian considera asimismo nulos los despidos de otros 15 trabajadores de la misma empresa por otros motivos.

    05/06/2012. Federación de Industria de Madrid de CCOO
    instalaciones de Armacentro

    instalaciones de Armacentro

    La empresa había despedido a 19 trabajadores de forma simultánea. Las reclamaciones por despido son individuales y cada una de ellas ha seguido un camino y por lo tanto, una argumentación jurídica diferente, Cinco de estas personas han sido defendidas por los servicios jurídicos de CCOO. El juzgado de Lo Social agrupó todas las demandas individuales en un sólo procedimiento, debido a que implicaban a la misma empresa.

    Además de considerar que Armacentro había vulnerado el derecho a la indemnidad de estos trabajadores, la sentencia desgrana uno a uno, numerosos argumentos que ponen en la picota la forma de proceder de la empresa.

    Así considera además que estos 19 despidos son nulos -y que por lo tanto los trabajadores, han de ser readmitidos por la empresa y cobrar los salarios de tramitación- porque suponen un incumplimiento de un acuerdo anterior firmado con los representantes de los trabajadores y que incluía el compromiso empresarial de no realizar despidos durante su vigencia.

    Además la sentencia considera que Armacentro no es una empresa independiente y demuestra, por diferentes vías, la existencia de un grupo empresarial y laboral, en el que se consolidan cuentas y se comparten trabajadores, maquinaría, espacios de trabajo y gestión. Esta demostración, conlleva además que estos 19 despidos no debieron llevarse a cabo de forma individual sino bajo la figura de un Expediente de Regulación de Empleo, y por tanto, negociado con los representantes de los trabajadores.

    La existencia de un grupo de empresas conlleva además que no se sostengan los argumentos esgrimidos por la empresa en cuanto a causas organizativas y económicas para defender los despidos, ya que no son respaldados por la cuentas del grupo, si no sólo de la empresa contratante.

    La empresa ha interpuesto recurso de suplicación contra esta sentencia.