CCOO de Industria de Madrid | 23 de abril de 2024

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La patronal de Estaciones de Servicio se niega a actualizar las tablas salariales acorde a lo firmado en el Convenio Colectivo

    Este miércoles 2 de febrero se ha reunido la mesa de negociación del convenio colectivo de Estaciones de Servicio. Una reunión que debería haber servido para actualizar y revisar las tablas salariales de 2022 de acuerdo artículo 40 del convenio colectivo.

    04/02/2022. CCOO INDUSTRIA
    Gasolinera

    Gasolinera

    En la última reunión de la mesa negociadora, el día 20 de enero, la patronal afirmó que nos trasladaría una propuesta para minorar el impacto del IPC en las tablas salariales, que al situarse en el 2021 en el 6,5%, al considerar que muchas empresas del sector no podrán aplicarlo. 

    La propuesta de la patronal, a grandes rasgos, es actualizar las tablas salariales con el IPC medio, es decir, el 3,1%, y que los atrasos de la cláusula de revisión del año 2021 pudieran fraccionarse durante todo el 2022, algo que es inadmisible y que va en contra de lo firmado en el convenio. 

    Desde CCOO de Industria hemos afirmado que las tablas salariales son las que resultan de aplicar el artículo 40 del convenio. Ahora bien, entendiendo que el IPC del año 2021 es excepcionalmente alto, podríamos atender la posibilidad de fraccionar el pago de los atrasos correspondientes al año 2021, durante el primer semestre de 2022, pero la patronal también pone en cuestión el redactado del convenio a la hora de cuantificar la revisión salarial.

    Articulo 40.

    Cláusula de revisión salarial:

    En caso de que el IPC real publicado por el Instituto Nacional de Estadística para los años 2020 y 2021 resultase superior al 1,3% pactado para cada uno de dichos años, se efectuará una actualización salarial cada uno de ellos, equivalente a la diferencia entre el IPC real y los incrementos inicialmente realizados, sobre los conceptos a los que se aplicó el incremento pactado. En todo caso, la diferencia entre los incrementos pactados y el IPC real deberá ser del más 0,3% para cada año. La revisión, en caso de corresponder, tendrá carácter retroactivo aplicándose con fecha de 1 de enero del año correspondiente.

    Interpreta la patronal que la clausula de revisión salarial debe ser del 5,2%, que resulta de la diferencia entre el IPC 2021 (6,5%) menos el incremento salarial del año 2021 (1,3%), obviando que “En todo caso, la diferencia entre los incrementos pactados y el IPC real deberá ser del más 0,3%”

    Para CCOO de Industria está claro que la cláusula de revisión será el IPC más 0,3%. Es decir, sería el 6’5% por la subida del IPC más 0,3%, menos la subida que ya se produjo en 2021 del 1,3%, y se deberían actualizar las tablas salariales al 5,5%. 

    La patronal considera que la subida del 0,3% es interpretativa, algo que es completamente irreal, y ofrecen un incremento del 5,2% en las tablas salariales con el fraccionamiento del pago de los atrasos. 

    Desde CCOO de Industria no vamos a permitir la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras de las Estaciones de Servicio. Y es por eso que vamos a proceder a solicitar una Mediación en el SIMA