CCOO de Industria de Madrid | 18 de abril de 2026

CCOO Industria logra que Siemens Energy reconozca la exención fiscal de las ayudas médicas y mejore la liquidez de la plantilla

    CCOO Industria de Madrid y la Sección Sindical de CCOO en Siemens Energy conseguimos que la empresa rectifique el tratamiento fiscal de las ayudas médicas y reconozca que, cuando se destinan a gastos sanitarios debidamente justificados y no cubiertos por la Seguridad Social o mutualidad, no deben tributar en el IRPF ni considerarse retribución en especie. Este avance sindical corrige una práctica que reducía la liquidez de las personas trabajadoras y demuestra que el trabajo coordinado entre la federación y la sección sindical permite defender con eficacia sus derechos económicos.

    19/03/2026. Industria Madrid
    Siemens Energy

    Siemens Energy

    Avance decisivo para los derechos económicos de la plantilla de Siemens Energy: la empresa reconoce que las ayudas destinadas a gastos médicos no deben someterse a retención del IRPF ni considerarse retribución en especie, conforme al criterio consolidado de la Dirección General de Tributos.

    Desde CCOO Industria queremos poner en valor el trabajo realizado por la sección sindical de CCOO en Siemens Energy, cuya implicación, seguimiento y defensa constante de los derechos de la plantilla han sido fundamentales para alcanzar este importante reconocimiento.

    Este reconocimiento supone un cambio importante respecto a la práctica que la compañía venía aplicando hasta ahora, ya que incluía estas ayudas en nómina practicando retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social, lo que reducía la liquidez de las personas trabajadoras que recurrían a ellas para sufragar gastos sanitarios.

    CCOO industra de Madrid había venido trasladando a la empresa que este tratamiento no era correcto. Según la doctrina de la Dirección General de Tributos, no constituyen rendimientos del trabajo, y por tanto no deben someterse ni a IRPF ni a cotización, las ayudas destinadas a gastos estrictamente sanitarios que no estén cubiertos por la Seguridad Social o mutualidad, se destinen de forma exclusiva al restablecimiento de la salud y estén debidamente justificadas documentalmente.

    Para respaldar esta posición, CCOO aportó consultas vinculantes en las que la Dirección General de Tributos aclara que este tipo de ayudas están excluidas del gravamen cuando cumplen los requisitos establecidos y se aplican a tratamientos sanitarios no cubiertos por los servicios públicos o mutualidades.

    Con esta fundamentación clara y bien documentada, CCOO trasladó a Siemens Energy la necesidad de ajustar el tratamiento fiscal de estas ayudas conforme a la normativa. El análisis realizado por la empresa junto con su departamento fiscal ha concluido con la adopción íntegra del criterio defendido por CCOO, plenamente alineado con la doctrina consolidada de la Dirección General de Tributos.

    Se trata de un logro sindical de primer orden y demuestra, una vez más, que la constancia, el rigor y la defensa firme de los derechos de las personas trabajadoras son herramientas esenciales para corregir tratamientos inadecuados y mejorar de manera directa la situación económica de la plantilla.