CCOO de Industria de Madrid | 28 de agosto de 2025

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☕ Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café y Fabricantes de Sucedáneos

    05/08/2025.
    Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café

    Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café

    CONVENIO COLECTIVO DE TORREFACTORES DE CAFÉ Y FABRICANTES DE SUCEDÁNEOS

    CONVENIO COLECTIVO (BOCM Núm. 67 – LUNES 19 DE MARZO DE 2018)

     RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2018, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café y Fabricantes de Sucedáneos, suscrito por la Asociación Madrileña de Industriales del Café, UGT y CC OO

    (código número 28004005011981).

     Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de Torrefactores del Café y Fabricantes de Sucedáneos, suscrito por la Asociación Madrileña de Industriales del Café, UGT y CC OO, el día 16 de octubre de 2017, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 delRealDecreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en el art. 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y en el artículo 14 del Decreto 193/2015 de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,

    RESUELVE

    1.  Inscribir dicho Convenio, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
    2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

     

    Madrid, a 19 de febrero de 2018.-El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.