CCOO de Industria de Madrid | 28 de agosto de 2025

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🏭​ Convenio Colectivo Industrias Transformadoras de Plásticos

    05/08/2025.
    Convenio Colectivo Industrias Transformadoras de Plásticos de Madrid

    Convenio Colectivo Industrias Transformadoras de Plásticos de Madrid

    XX CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS TRANSFORMADORAS DE PLASTICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    CONVENIO COLECTIVO (BOCM Núm. 138 – SÁBADO 11 DE JUNIO DE 2022)

     RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de Industrias Transformadoras de Plásticos de la Comunidad de Madrid, suscrito por TRAMAPLAST y por la representación sindical de UGT-FICA Industria, Construcción y Agro y de Industrias-Comisiones Obreras

    (código número 28003155011981).

     

     Examinado el texto del convenio colectivo del Sector de Industrias Transformadoras de Plásticos de la Comunidad de Madrid, suscrito por la organización empresarial TRAMAPLAST y por las organizaciones sindicales de UGT-FICA Industria, Construcción y Agro y de Industrias-Comisiones Obreras, el día 21 de marzo de 2022, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General

    RESUELVE

    1.  Inscribir dicho convenio en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
    2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

     

    Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

     

    Madrid, a 26 de mayo de 2022.-La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.