CCOO de Industria de Madrid | 21 de enero de 2025

La Asamblea de delegados y delegadas de CCOO ratifican el preacuerdo de Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid

    La Asamblea de delegados y delegadas de CCOO ha ratificado con el 88,7% de los votos a favor, el preacuerdo de convenio en el auditorio Marcelino Camacho de CCOO Industria Madrid, con una votación que ha dado el sí mayoritariamente.

    31/10/2024. CCOO INDUSTRIA MADRID
    Asamblea Ratificación Preacuerdo Convenio Colectivo de la industria, servicios e instalaciones del metal de la comunidad de Madrid

    Asamblea Ratificación Preacuerdo Convenio Colectivo de la industria, servicios e instalaciones del metal de la comunidad de Madrid

    En un acto clave para el convenio colectivo de la industria, servicios e instalaciones del metal, la Asamblea de delegados y delegadas de CCOO ha ratificado el preacuerdo de convenio que regula las condiciones laborales del sector. La asamblea, concluyó con un apoyo mayoritario al acuerdo, que representa un avance en diferentes materias

    La firma de este acuerdo cobra gran relevancia porque establece una hoja de ruta en la que se abordan aspectos fundamentales y claves del convenio colectivo como son la garantía de empleo a través de la subrogación

    Así se establece, que con el fin de mantener la estabilidad en el empleo, las personas trabajadoras que trabajen en las empresas de las actividades y servicios esenciales así como en los servicios complementarios de concursos de gestión integral y energética de instalaciones urbanas en vías y espacios públicos municipales, se subrogará en caso de cambio de empresa. De esta forma se amplía el ámbito de afectación de esta garantía de empleo, pues ya no afecta exclusivamente a la ciudad de Madrid, sino a todos los municipios de la comunidad de madrid

    Respecto a la subida salarial, este convenio contempla una subida salarial de un 3% en 2024 y 2025 y de un 2% para el año 2026, con cláusula de actualización salarial en caso que el IPC supere estos porcentajes.

    Respecto a la jornada laboral, se ha conseguido bajar la jornada máxima anual después de más 25 años sin minorar la jornada anual, pues esta  se reduce en 8 horas pasando de las 1764 actuales a 1760 horas en 2025, y 1756 horas en 2026, garantizando para estos dos últimos años de vigencia 8 de libre disposición, por lo que la jornada laboral individual se sitúa en 2025 en 1752 horas y de 1748 horas en 2026. Del mismo modo se amplía el número de días de vacaciones a disfrutar, pues se establecen 22 días laborables en lugar de los 21 que hasta ahora se disfrutaban.

    Desde CCOO, destacamos la importancia de este convenio en la mejora de las condiciones de trabajo y aseguran que continuarán luchando en defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras, al mismo tiempo que afirmamos con rotundidad la necesidad de combatir la aplicación de la compensación y absorción en aquellas empresas que no tengan elementos objetivos para ello. Si en tu empresa se aplica la compensación y absorción con la única finalidad de minorar la subida salarial pactada en convenio colectivo, escríbenos a info-madrid@industria.ccoo.es para que te indiquemos como proceder.